VENDER Y COMPRAR PORNOGRAFÍA DELITO EN BOLIVIA

Por Jhoel Bustillos 2 años hace
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La Pornografía está contemplada como delito en Bolivia desde el 2005, con las modificaciones de la Ley Nro. 263 Integral Contra la Trata de Personas el 2012 se sanciona a las personas que compran, venden, reproduzcan y almacenen material pornográfico.

El artículo 323 Bis del Código penal define como delito de Pornografía a la acción de “obligar, facilitar o inducir a realizar actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos con el objeto de video grabarlos, fotografiarlos, filmarlos, exhibirlos o describirlos a través de anuncios impresos, transmisión de archivos de datos en red pública o de comunicaciones, sistemas informáticos, electrónicos o similares”.

Con este delito se sanciona a la persona que obligue, induzca, produzca, distribuya o venda el material pornográfico con una pena privativa de libertad de diez (10) a quince (15) años; si la persona no participó en la elaboración de material pornográfico pero compra, arrienda o vende este material será sanciona con pena privativa de libertad de cinco (5) a ocho (8);  la sanción se agravará en un tercio cuando la víctima es menor de 18 años.

La ampliación de autores se dio con la aprobación de la Ley Nro. 263 Integral Contra la Trata de Personas el 2012, el artículo 34 del cuerpo legal modifica varios artículos del Código Penal entre ellos el delito de Pornografía, logrando ampliar la pena tres (3) a seis (6) anos, por diez (10) a quince (15) años de privación de libertad; también amplia las agravantes del delito a diez, entre las que se destaca las agravantes relacionadas a víctimas menores de dieciocho años o la referida a actividad habitual y con fines de lucro.

La Responsable del Observatorio de Trata de Personas del Cecasem, Yesica Velarde, indica que las modificaciones realizadas al delito de Pornografía se constituyen en un avance importante para luchar contra la trata de personas y los delitos conexos como la Pornografía, “la aprobación de la Ley Integral Contra la Trata de Personas es un avance importante, cuando se modificó el delito de Pornografía se trató de sancionar a todas las personas involucradas en la comisión del delito; es fundamental entender que las personas que compran material pornográfico  fomentan y financian este delito, al igual que las personas que la producen ”, señaló Velarde.

La Directora Ejecutiva del Cecasem, Patricia Bustamante, destaca el operativo realizado en la Feria 16 de Julio de la ciudad de El Alto, realizado el 13 de mayo de 2021, donde se identificó la venta de material pornográfico donde se identificó a niñas, niños y adolescentes como víctimas; asimismo, insta a la población a denunciar este delito ante autoridad competente (Policía Boliviana, Ministerio Público, Defensoría de la Niñez y Adolescencia), “Ponderamos el accionar de las autoridades, pero es importante que la población realice denuncias ante un caso de pornografía; siendo un delito de orden público toda la población tiene el deber de denunciar ”.

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